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040 _aUISEK-EC
_bspa
_erda
100 1 _aVázquez Bermúdez, Marcelo
_95059
_eaut
245 1 4 _aLos océanos y el derecho del mar :
_bconsideraciones para la agenda del Ecuador /
_cMarcelo Vázquez Bermúdez
250 _aPrimera edición
264 1 _aQuito :
_bAcademia Diplomática "Antonio J. Quevedo,
_bMinisterio de Relaciones Exteriores,
_c2002
300 _a219 páginas :
_b[sin ilustraciones]
_c22 cm
336 _atxt
337 _2rdamedia
_an
338 _2rdacarrier
_anc
490 _95060
_aSerie Libros y Folletos de la Academia
_v6
504 _aIncluye índice y bibliografía
505 2 _aLa Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar y sus instituciones - Tratamiento del tema los océanos y el derecho del mar en las Naciones Unidas - Comentarios y consideraciones finales
520 3 _aEl importante trabajo de Marcelo Vázquez, es una valiosa contribución a la divulgación del contenido esencial de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en cuya elaboración tuvo particular relevancia la delegación ecuatoriana a lo largo de los once períodos de sesiones en que se desarrolló la Conferencia (1973-1982). El nuevo derecho del mar, actualmente vigente en el plano internacional, está constituido por la referida Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI relacionado con la exploración y explotación de los fondos marinos y oceánicos fuera de los límites de la jurisdicción nacional. Parte esencial de este sistema constituye también el Acuerdo de Nueva York de 1995 sobre las llamadas especies transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios. Múltiples son las ventajas que se desprenden de la Convención para los Estados ribereños en desarrollo, entre ellos el Ecuador. En primer lugar, está ampliamente reconocido y garantizado el derecho del país en las 200 millas, por lo que el Ecuador ha venido luchando esforzadamente desde 1952 cuando, junto con Chile y Perú, suscribió la histórica Declaración de Santiago, al a que años más tarde adhirió Colombia. Nadie puede ahora disputarle los exclusivos derechos de soberanía y jurisdicción para fines de exploración y explotación de los recursos naturales tanto vivos como no vivos, existentes en las 200 millas.
526 _aDerecho
082 0 4 _a347.8
_bV393oc 2002
650 1 0 _aDerecho marítimo
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_aLey del mar
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901 _a2014-07-02 11:14:48
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