Inobservancia del debido proceso en los procedimientos coactivos, remate de prenda y venta con reserva de dominio / Franklin Ruilova Arce
Tipo de material:
- texto
- no mediado
- volumen
- 9978441786
- 346.074 R934in 2004
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Juan Montalvo Sala general | Col. General | 346.074 R934in 2004 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej.1 | Disponible | 00008060 |
Incluye ínidice y bibliografía
Generalidades del debido proceso - El debido proceso y el derecho de defensa - Inobservancia del debido proceso en los procedimientos coactivo, el remate de prenda y la venta con reserva de dominio.
Mi interés radica en estudiar y demostrar que la finalidad del DEBIDO PROCESO está constituida por la forma de asegurar la objetividad en la confrontación de las pretensiones judiciales, en garantizar el equilibrio armónico de las partes entre sí, bajo la dirección de un tercero imparcial que está dispuesto a dar el derecho a quien le corresponde en virtud de las pruebas. En otras palabras, es el derecho a un proceso justo, donde no haya negación o quebrantamiento de lo que toda persona tiene asignado. El debido proceso, como derecho en la actual Constitución, aparece en el capítulo 11 "DE LOS DERECHOS CIVILES " expresando en los Arts. 23 " Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará lo siguiente: en el numeral 27 "El derecho al debido proceso y a una justicia sin dilaciones". En el Art. 24; GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO en el numeral 10 " Nadie podrá ser privado del derecho de defensa en ningún estado o grado del respectivo procedimiento. El Estado establecerá defensores públicos para el patrocinio de las comunidades indígenas, de los trabajadores, de las mujeres y de los menores de edad abandonados o víctimas de violencia intra familiar o sexual, y de toda persona que no disponga de medios económicos"; en el numeral 17 "Toda persona tendrá derecho a acceder a los órganos judiciales y a obtener de ellos la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, sin que en caso alguno quede en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley."
Derecho
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