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Catálogo en línea

Estudio crítico del código de procedimiento civil / (Registro nro. 14734)

Detalles MARC
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 05224cam a2200385 i 4500
001 - NÚMERO DE CONTROL
campo de control 5143
005 - FECHA Y HORA DE ACTUALIZACIÓN
005 20230829062530.0
008 - LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 190513s1987 ec gr 001 0aspa d
020 ## - INTERNATIONAL STANDARD BOOK NUMBER
ISBN Sin ISBN
040 ## - FUENTE DE CATALOGACIÓN
Centro catalogador/agencia de origen UISEK-EC
Lengua de catalogación Español
Normas de descripción rda
100 1# - AUTOR PERSONAL
nombre Cruz Bahamonde, Armando
9 (RLIN) 8179
relación Autor
245 10 - TÍTULO PROPIAMENTE DICHO
título Estudio crítico del código de procedimiento civil /
Mención de responsabilidad, etc. Armando Cruz Bahamonde
250 ## - EDICIÓN
edición Segunda edición
264 1# - PIE DE IMPRENTA
lugar (ciudad) Guayaquil :
editorial Arquidiocesana,
-- Edino,
fecha 1995
300 ## - DESCRIPCIÓN FÍSICA
Extensión 268 páginas :
336 ## - TIPO DE CONTENIDO
contenido, término texto
337 ## - MEDIACIÓN
RDA rdamedia
Tipo de medio no mediado
338 ## - PORTADOR
RDA rdacarrier
Tipo de portador volumen
504 ## - NOTA DE BIBLIOGRAFÍA
Bibliografía, etc. Incluye índice y bibliografía
505 2# - NOTA DE CONTENIDO
Nota de contenido De los artículos de la codificación - De la jurisdicción y de su ejercicio - De las personas que intervienen en los juicios - De la jurisdicción y del fuero - De la jurisdicción y de la competencia - Del fuero competente - De los procuradores - Del enjuiciamiento civil - De los juicios en general - Tesis jurisprudenciales.
520 3# - RESUMEN
Resumen Entre los años de 1992 y 1998, el Ecuador vivió un período de reformas constitucionales significativas, que sentaron el marco para una verdadera institucionalización del poder jurisdiccional. Naturalmente, con lo que ello significaba, se dictaron las correspondientes disposiciones transitorias por las cuales se establecieron formas y plazos para la implementación de las reformas constitucionales que necesariamente, habían de verse reflejadas en el marco legal. La vigente Constitución Política de la República señala en su artículo 192 que “El sistema procesal será un medio para la realización de la justicia. Hará efectivas las garantías del debido proceso y velará por el cumplimiento de los principios de inmediación, celeridad y eficiencia en la administración de justicia. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”. Por su parte, el artículo 194 prescribe: “La sustanciación de los procesos, que incluye la presentación y contradicción de las pruebas, se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios: dispositivo, de concentración e inmediación”, mandato que se complementa con los principios de simplificación, uniformidad, eficacia y agilidad de los trámites, así como la responsabilidad personal del juez por el retardo en la administración de justicia (artículo 193), y el principio de la publicidad de los procesos con las excepciones señaladas expresamente en la ley (artículo 195). En procura de lograr la vigencia efectiva de estos principios, en la Constitución Política se incorporaron diversas normas con el carácter de transitorias, para la Función Judicial. La vigésimo séptima estableció que la implementación del sistema oral antes referido, se debía llevar a efecto en el plazo de cuatro años, para lo cual el Congreso Nacional dictaría las reformas a las leyes vigentes y los nuevos cuerpos normativos necesarios, correspondiéndole a la Función Judicial adecuar sus dependencias e instalaciones para adaptarlas al nuevo sistema. Se han expedido algunas reformas legales enfocadas, hasta la fecha, hacia la introducción de la oralidad en la sustanciación de los procesos penales (con la expedición del nuevo Código de Procedimiento Penal en enero del 2000), así como en los de niñez y adolescencia (con el Código de la materia promulgado el 3 de enero de 2003) y los procesos laborales (cuya primera ley reformatoria fue publicada en el R.O. 146 de 13 de agosto de 2003, mediante la cual se introdujo un juicio oral por audiencias y abreviado). Sin embargo, la situación para el proceso civil ha sido completamente distinta, pues no se han realizado los cambios que los justiciables tanto reclaman. En efecto, el vigente sistema procesal civil ecuatoriano es excesivamente ritualista; la falta de sistematización por instituciones hace que el actual Código adjetivo no constituya una herramienta adecuada ni para los operadores de justicia, ni para los usuarios del servicio. La última codificación, publicada en el Registro Oficial No. 58 de 12 de julio de 2005, incorpora reformas que no han sido significativas. Hay que señalar que el Código de Procedimiento Civil ecuatoriano en vigencia siguió el modelo del Código de 1938, con pocas reformas; éste a su vez transcribió, con pequeñas alteraciones, el Código de Enjuiciamiento Civil de 1878, redactado por la Corte Suprema de Justicia, que se basó en el Código dictado por la Convención Constituyente de 1869 y publicado en 1871 y sus numerosas reformas, el cual a su vez se inspiró en el código procesal peruano y en la Ley de Enjuiciamiento Civil española de 1855,[1] lo que hace concluir que la legislación procesal civil tiene corte decimonónico, y urge su adaptación a las nuevas corrientes legislativas, jurisprudenciales y doctrinarias.
526 ## - Nota de Programa de Estudio
Nombre del programa Derecho
082 04 - CLASIFICACIÓN DECIMAL DEWEY
Clasificación 348.023
Clave de autor C957es 1995
650 17 - MATERIA GENERAL
Fuente del encabezamiento o término lemb
9 (RLIN) 1814
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Derecho civil
650 27 - MATERIA GENERAL
Fuente del encabezamiento o término lemb
9 (RLIN) 3940
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Procedimiento Civil
651 20 - MATERIA GEOGRÁFICA
Nombre geográfico Ecuador
9 (RLIN) 854
653 26 - MATERIA NO CONTROLADA
Término no controlado Enjuiciamineto
942 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL KOHA
Tipo de ítem Koha Libro
901 ## - ELEMENTOS DE DATOS A LOCAL LDA (RLIN)
a 2012-01-12 14:53:51
902 ## - ELEMENTOS DE DATOS B LOCAL, LDB (RLIN)
a 8
903 ## - ELEMENTOS DE DATOS C LOCAL, LDC (RLIN)
a 2
904 ## - ELEMENTOS DE DATOS D LOCAL, LDD (RLIN)
a Y
905 ## - ELEMENTOS DE DATOS E LOCAL, LDE (RLIN)
a N
Existencias
Ocultar en el OPAC Perdido Esquema de clasificación No circula Sede propietaria Localización actual Ubicación Adquirido Volumen Préstamos Signatura topográfica Código de barras Visto por última vez Tipo de ítem
    Dewey Decimal Classification   Juan Montalvo Juan Montalvo Sala general 2019-05-16 Volumen III   348.023 C957es 1995 00007212 2019-05-16 Libro

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